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Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Constitucionalidad de impuesto sobre dividendos

  • Foto del escritor: TP Legal
    TP Legal
  • 29 ene
  • 1 Min. de lectura

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ha avalado recientemente la constitucionalidad del impuesto adicional del 10% sobre dividendos (Artículo 140 de la Ley del Impuesto sobre la Renta -ISR-), rechazando que vulnere derechos, y confirmando que es legal este gravamen sobre las ganancias que empresas distribuyen a accionistas. Esto ratifica la legalidad de retenciones fiscales establecidas, no creando impuestos nuevos, sino confirmando los ya existentes sobre el reparto de utilidades a personas físicas. 


El Alto Tribunal validó el sistema normativo contenido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente desde 2014, relativo al gravamen aplicable a los dividendos, al concluir que no tiene carácter confiscatorio, respeta la estructura progresiva del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas físicas y no vulnera por sí mismo el derecho al mínimo vital ni la dignidad humana.


El Tribunal Pleno concluyó que los argumentos de las personas quejosas, quienes sostenían que este régimen vulneraba el mínimo vital, la dignidad humana, la proporcionalidad tributaria y la prohibición de la doble tributación, eran infundados e inoperantes. En consecuencia, se revocó la sentencia que originariamente había concedido el amparo y determinó no otorgar la protección constitucional, manteniendo vigente el esquema de tributación de dividendos previsto en la ley.


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